La contratación de servicios o personal a través de un Centro Especial de Empleo (CEE) puede ofrecer a las empresas no solo un cumplimiento normativo, sino también importantes beneficios fiscales, económicos y operativos.
Hoy analizamos las principales ventajas desde el punto de vista fiscal, y cómo pueden influir en la cuenta de resultados, así como la normativa que las respalda y los requisitos necesarios para beneficiarse de ellas.
Qué es un Centro Especial de Empleo
Un CEE es una empresa cuyo objetivo principal es brindar empleo remunerado a personas con discapacidad, garantizando su integración laboral y social.
En estos centros, al menos el 70 % de la plantilla debe estar compuesta por personas con discapacidad.
Para muchas empresas que no pueden incorporar directamente personas con discapacidad por cuestiones de estructura, perfil profesional o temporalidad, colaborar con un CEE es una alternativa válida para cumplir la obligación que marca la Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social (LGD), y al mismo tiempo acceder a incentivos fiscales.

Incentivos fiscales y económicos al contratar a un CEE
Te detallamos seguidamente cuáles son las principales ventajas económicas o cuáles son los incentivos fiscales cuando decides contratar a un Centro Especial de Empleo,
Bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social
Cuando una empresa contrata a personas con discapacidad (o colabora con un CEE), puede beneficiarse de bonificaciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.
Según la normativa reguladora, como la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, dichas bonificaciones pueden alcanzar hasta el 100 % de la cuota empresarial en determinados contratos concertados a través de un CEE.
En otros casos, esta bonificación se traduce en una reducción significativa de los costes laborales directos, lo que mejora el coste‑beneficio de contratar servicios o personal a través de un CEE.
Deducción en el Impuesto sobre Sociedades por creación de empleo
Las empresas que contratan a personas con discapacidad, incluso mediante un CEE, pueden aplicar una deducción en su cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades (IS) por cada nueva persona con discapacidad contratada.

La cuantía de la deducción varía en función del grado de discapacidad acreditado:
- 9.000 € por cada persona con discapacidad igual o superior al 33 % e inferior al 65 %.
- 12.000 € por cada persona con discapacidad igual o superior al 65 %.
Este mecanismo representa un estímulo fiscal directo, ya que reduce la carga del impuesto.
Para su aplicación, debe calcularse el aumento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad respecto al período anterior, ya sea mediante el método general o un método alternativo de cómputo.
Compatibilidad entre bonificaciones y deducciones
Cabe destacar que bonificaciones en la Seguridad Social y deducciones en el Impuesto sobre Sociedades no son excluyentes entre sí. Por tanto, una empresa puede beneficiarse de ambas simultáneamente cuando cumple los requisitos. Esto incrementa el atractivo financiero de colaborar con un CEE, especialmente a medio-largo plazo cuando se consolidan las contrataciones.
Cumplimiento de la cuota de reserva y posibles sanciones evitadas
La LGD establece que las empresas con 50 o más trabajadores deben reservar al menos un 2 % de su plantilla para personas con discapacidad.
Si una empresa no puede cumplir directamente este requisito —o prefiere externalizar— puede recurrir a la contratación de servicios o personal de un CEE como medida alternativa.
Esta opción no solo permite cumplir la obligación legal, sino también evitar sanciones. Además, ofrece una vía estructurada y profesional para integrar la inclusión laboral en la estrategia de empresa.
Requisitos y condiciones para acceder a los incentivos
Para que una empresa pueda beneficiarse de las ventajas fiscales vinculadas a la contratación a través de un CEE, debe tener en cuenta una serie de requisitos:
- La persona contratada debe tener un certificado de discapacidad oficial con grado igual o superior al 33 %.
- El contrato debe formalizarse correctamente y comunicarse al órgano competente, como el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), cuando sea necesario.
- Para deducciones en el IS, es necesario que la plantilla media de personas con discapacidad haya aumentado durante el período impositivo respecto al anterior.
- En la adaptación de puestos de trabajo o eliminación de barreras —cuando proceda—, la empresa debe documentar los gastos para poder justificar ayudas o deducciones adicionales.

Beneficios adicionales al margen del ahorro fiscal
Aunque el enfoque de este artículo es fiscal, colaborar con un CEE aporta también otras ventajas relevantes:
- Mejora de la imagen y reputación corporativa: integrar la inclusión laboral mejora la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) de la empresa y refuerza su compromiso con la diversidad.
- Cumplimiento normativo sin necesidad de contratar directamente personal con discapacidad, ideal para empresas con limitaciones estructurales.
- Acceso a talento comprometido, especializado y con perfiles adaptables, gracias a la experiencia de los CEE en acompañamiento y adaptación de puestos.
Además, para empresas que ya colaboran con un CEE, este tipo de relación suele ir de la mano con servicios adaptados, asesoramiento en inclusión y un enfoque integral que va más allá de una mera contratación puntual.

Contar con un Centro Especial de Empleo como aliado ofrece a las empresas una combinación valiosa de beneficios fiscales, cumplimiento normativo y compromiso social.
Las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social, la deducción en el Impuesto sobre Sociedades por creación de empleo, y la posibilidad de cumplir la cuota legal del 2 % sin necesidad de contratar internamente, hacen que esta opción sea especialmente atractiva.
Para aprovechar al máximo estas ventajas, es fundamental cumplir con los requisitos legales, documentar correctamente las contrataciones y justificar los gastos en caso de adaptación de puestos.
De esta manera, la colaboración con un CEE se convierte no solo en una medida de responsabilidad social, sino en una decisión estratégica para la empresa.
Si quieres profundizar en cómo diseñar un plan de inclusión laboral desde tu empresa, te recomiendo nuestro artículo sobre “Cómo implementar un plan de inclusión laboral en tu empresa”.
Además, puedes consultar nuestro análisis de “Cómo adaptar un puesto de trabajo para una persona con discapacidad” y otro sobre “Qué es la diversidad funcional y cómo impulsamos su inclusión laboral”.
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